miércoles, 7 de noviembre de 2012

¿Predicar con el ejemplo?


La Comisión Ejecutiva Confederal Sindical de Comisiones Obreras ha introducido  modificaciones sustanciales en algunos de los artículos  del Convenio Colectivo que regula las relaciones laborales entra esta organización y sus trabajadores,  respondiendo  con ello a la más que probable evolución negativa de la economía española en los próximos años y su repercusión sobre las retribuciones de sus asalariados. Dichas modificaciones fueron publicadas en el Boletín Oficial del Estado de fecha  viernes día 5 de octubre de 2012.

El documento en cuestión asegura los incrementos salariales  que percibirán los trabadores amparados por dicho convenio  en función de las condiciones que experimente la  actividad económica española en los próximos años así como, el número de pagas extraordinarias anuales (3 pagas extraordinarias). No pretendo criticar los beneficios alcanzados por estos asalariados, pero sí poner de manifiesto las diferencias con  aquellos otros trabajadores  que han sufrido serios recortes  en sus retribuciones mensuales así como, la eliminación de  algunas de sus pagas extraordinarias, emolumentos  que corregían a través de la negociación colectiva las pérdidas retributivas sufridas en los últimos veinte años.
Aunque eso sí, esta beneficiosa modificación   tan solo podrá ser disfrutada por   aquellos   empleados que no se encuentren inmersos  en los expedientes de regulación de empleo (ERE) presentados por esta central sindical como consecuencia directa  de la disminución de sus  ingresos, vía subvenciones públicas recogidas en los Presupuestos Generales del Estado 2013  así como, en los  presupuestos de otras administraciones públicas. Una financiación que en años anteriores, con gobiernos progresistas, provenían esencialmente de los siguientes conceptos: representatividad (15.798.500€), compensación económica por la participación sindical en órganos consultivos centrales y territoriales (4.800.790€) y  formación de trabajadores (83.083.110€).
Debo recordar a quien se le haya olvidado,  que el expediente de regulación de empleo mencionado junto a los ajustes de jornadas, congelaciones salariales, exigencias de movilidad y bajas incentivadas  son  procedimientos contemplados en una reforma laboral elaborada y aprobada por el Gobierno de España.  Una reforma duramente criticada por esta central sindical aunque,   aplicada a sus trabajadores  sin  reparo alguno. Una medida  que no debemos olvidar ha supuesto  el  principal   argumento  esgrimido por los dirigentes comisionistas  tanto para justificar la  Huelga General desarrollada el pasado 29 de marzo como,   la anunciada para el próximo 14 de noviembre.
Hace algunos años, con un Gobierno socialista,  Ignacio Fernández Toxo, secretario general de CCOO, afirmó que una Huelga General no era el camino para superar las  dificultades económicas. ¿Que ha cambiado en estos años? Quizás la respuesta no debemos buscarla ni en la  reforma laboral utilizada por estos mismos representantes sindicales, ni en  las subidas impositivas, ni en los ajustes presupuestarios para el próximo ejercicio. Quizás la respuesta debamos buscarla en el color  de la formación política elegida mayoritariamente por los españoles para dirigir el país o en las disminuciones ejecutadas  en las subvenciones a las centrales  sindicales. En definitiva, me surge una pregunta ¿cómo criticar una reforma laboral que aplican contundentemente a sus propios trabajadores?

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